IVA E IMPUESTOS DEL TATUADOR.
Si buscas esto en Google, cada gestoría te dice una cosa distinta. Aquí va lo que está claro, lo que no, y la pregunta que lo ordena todo: ¿quién factura al cliente?
LO QUE ESTÁ CLARO.
- Un tatuaje lleva un 21 % de IVA. No se considera una actividad sanitaria exenta.
- El precio al cliente lleva el IVA dentro. De cada 121 € que cobras, 21 € son de Hacienda. Por eso el IVA se calcula como importe × 21 ÷ 121.
- Si eres autónomo, presentas cada trimestre el modelo 303 (IVA) y, si estás en estimación directa y no te retienen, el modelo 130: un pago a cuenta del IRPF del 20 % de tu rendimiento neto acumulado.
- Los plazos: del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y el cuarto trimestre hasta el 30 de enero.
LO QUE NO ESTÁ TAN CLARO: EL EPÍGRAFE.
No existe un epígrafe que diga "tatuador", y por eso circulan varios: el 972.2 de salones de belleza, el 887 de maquilladores y esteticistas y otros. La referencia más sólida es una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos de 2006 (V2227-06): si tatúas tú personalmente, como profesional, el grupo 887; si regentas el negocio como empresario, el 979.9 ("otros servicios personales"). Confírmalo con tu gestoría.
LA PREGUNTA QUE LO ORDENA TODO.
¿Quién le hace la factura al cliente? De eso depende sobre qué cantidad va tu IVA.
Caso 1. Factura el estudio y tú le facturas tu parte
Habitual en residentes a porcentaje. El estudio cobra al cliente y tú le facturas al estudio tu parte, con IVA. Tu IVA sale de tu parte, no del total.
Caso 2. Facturas tú al cliente
Habitual si alquilas cabina, haces guest o tienes estudio propio. El IVA va sobre todo lo que cobras: de 200 €, 34,71 € son IVA. Si el estudio te factura la cabina con IVA, ese IVA lo restas del que tienes que ingresar.
Calcula tu caso con la calculadora de IVA, que tiene los dos modos.
LA CUOTA DE AUTÓNOMOS.
El primer año puedes pagar la tarifa plana de 80 € al mes (algo más en el recibo por el recargo MEI), prorrogable otros 12 meses si tus rendimientos no llegan al salario mínimo. Después, la cuota depende de tus rendimientos netos, por tramos. Busca tu tramo en la web de la Seguridad Social o pregúntalo a tu gestoría.
LO QUE VIENE: VERIFACTU.
Desde el 1 de julio de 2027, los autónomos que facturen con programa informático tendrán que usar uno que cumpla VeriFactu: registros encadenados que no se pueden alterar ni borrar. Si facturas tú, pregunta a tu gestoría o a tu programa de facturación si ya lo cumplen. (SplitKash no es un programa de facturación: es tu libro de caja.)
CÓMO NO LLEVARTE EL SUSTO.
El susto del trimestre no viene de los impuestos: viene de haberte gastado el dinero. La solución es aburrida y funciona: separar el IVA de cada cobro el mismo día. En SplitKash, la hucha fiscal te dice con cada cobro cuánto deberías ir guardando, con el porcentaje que tú elijas.